¿Sirven los refugios para mujeres que viven violencia?
Imagina que eres mujer y que el lugar donde crees deberías estar a salvo (tu hogar) es donde más vulnerable te sientes. No tienes a dónde ir porque sabes te van a encontrar; tienes miedo, no solo por ti sino también por tus hijos e hijas, te sientes sola. Te vinculas con asociaciones civiles y autoridades competentes y te mandan a un refugio, pero ¿qué es un refugio? Un refugio es un lugar que tiene la finalidad de proveer un espacio seguro a las mujeres que viven violencia, y prevenir futuros actos de violencia. Estos surgen como política pública resultado de la firma de Tratados Internacionales como la CEDAW (Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación contra la Mujer).
Si bien los beneficios de estos refugios y de los programas que permiten su existencia son evidentes para la mayoría de la población, la realidad es que hay grupos de personas (y en la actualidad van aumentando), que cuestionan su utilidad e incluso, la necesidad de que sean financiados con recursos del Estado. Muchos de sus alegatos, son mencionados de manera breve en un artículo relativamente antiguo de Weiner (1991) donde menciona que el financiamiento gubernamental para los refugios genera dependencia al gobierno, pérdida de autonomía, bajo involucramiento por parte del gobierno, captación de votos, burocracia, entre otros.
¿Y dónde quedó la evidencia?
Aunque el artículo de Weiner es una lectura coherente y propicia una reflexión interesante, no hay que olvidar que, lamentablemente, es una opinión. Su artículo no presenta estudios empíricos, o al menos no de una manera sistematizada, que permita apreciar que sus afirmaciones son ciertas. Esto es importante, porque cuando se toman decisiones sobre políticas que afecta el bienestar social, las opiniones tienen poca utilidad, y lo importante son los hechos. A nivel científico y práctico, los artículos de opinión (como el de Weiner) tiene poco que ofrecer en la solución de problemáticas como las que aquí se discuten. La alternativa a los artículos de opinión son las revisiones sistemáticas y los meta-análisis. En términos generales, una revisión sistemática es un tipo de estudio científico que buscar resumir varias investigaciones sobre un mismo tema para identificar consistencias en los resultados. Éstas pueden o no incluir un meta-análisis, el cual se caracteriza por ser un tipo de revisión sistemática que incluye análisis estadísticos de los análisis estadísticos de los estudios originales, lo que permite generalizar los resultados.Gracias a los meta-análisis y revisiones sistemáticas hemos tenido grandes avances en política pública, salud pública o seguridad pública. Un ejemplo clásico (y desafortunado) de porqué no creer tanto en “opiniones de expertos” y sí en los meta-análisis, es el caso del pediatra Benjamín Spock. En la década de los 50, en su libro “Cuidado del Bebé y el Infante” (Baby and Child Care), que vendió más de 50 millones de copias entre 1950 y 1990, mencionaba que: “es preferible acostumbrar a los bebés a dormir boca abajo desde el inicio”. Durante el mismo periodo (1950 a 1990) más de 100,000 muertes de infantes fueron registradas debido al Síndrome de Muerte Súbita Infantil (SMSI). A finales de ese período (en 1991), un par de investigadores que buscaban prevenir el SMSI realizaron un meta-análisis de sus factores de riesgo, en el cual encontraron que el SMSI disminuye hasta en un 50% cuando a los bebés se les acuesta boca arriba (Beal y Finch, 1991), contrario a lo que el “experto” Dr. Spock recomendó 40 años antes. A partir de esto, se crearon programas de política pública que recomendaban a los padres de recién nacidos dormir a sus hijos boca arriba. De esta forma la mortalidad por SMSI disminuyó.
Es por esto que me permitirán dudar de las razones que se brindan desde la “opinión de expertos” del porqué los refugios para mujeres que viven violencia no deben tener financiamiento público. Si entendemos la violencia como un problema de salud pública o incluso, como un problema de seguridad pública, es deber del estado realizar esfuerzos que permitan resolver este problema. Dicho esto, quizás la pregunta correcta sería: ¿Existe evidencia de que los refugios para mujeres que viven violencia ayudan a atender el problema de la violencia de pareja? Porque si no existe tal evidencia, entonces tendría todo el sentido recortar o disminuir el financiamiento a programas que no muestren su efectividad. Ante esto, no queda más que revisar las revisiones sistemáticas y meta-análisis que existen al respecto.
La evidencia sobre los refugios para mujeres
En una revisión sistemática realizada por el Proyecto de Evidencia para la Violencia Doméstica (Domestic Violence Evidence Project), se revisaron 17 investigaciones que evaluaban los efectos en las usuarias del servicio, sobre el haber residido en un refugio para mujeres víctimas de violencia. Más allá de que todos los estudios mostraron altos porcentajes de satisfacción, el estudio se encargó de hacer énfasis en resultados más relevantes como el sentirse seguras, tener más estrategias para protegerse, la mejora de la autoestima, la disminución de la depresión, el conocer más sobre recursos disponibles, conocer a otras mujeres que viven o vivieron esa situación y que ofrecen apoyo social a las víctimas, así como el salir de la relación de abuso. La gran mayoría de estos estudios señaló un efecto positivo en todas estas variables en las mujeres que viven violencia que usaron los refugios; aunque también se identificaron algunos efectos negativos, como un pequeño porcentaje de usuarias que declararon que la violencia aumentó (menos del 10%), y, la principal queja sobre los refugios fue la falta de privacidad en los espacios. Por otro lado, no solo se encontraron efectos positivos para las mujeres, sino que también se observaron beneficios en sus hijos e hijas al aumentar su bienestar y mejorar sus estilos de afrontamiento, pues se ha asociado a una disminución de conductas agresivas para resolver problemas o situaciones conflictivas en las hijas e hijos. En gran parte es posible que estos beneficios se deban al apoyo que prestaba el staff, pues las usuarias reportaban sentirse escuchadas, no juzgadas, y se les daba atención terapéutica y asistencial. Además, estos resultados fueron consistentes en varios países como Canadá, Estados Unidos o Israel (Sullivan, 2012).Otro estudio más riguroso, que incluye un meta-análisis de 10 estudios internacionales, encontró que las intervenciones llevadas a cabo dentro de los refugios (durante y después de la estadía), tienen resultados positivos. Se encontró que mejora la salud mental de las mujeres, disminuye el abuso y la violencia, y mejora su funcionamiento social (por ejemplo, tener apoyo social y la efectividad para obtener ayuda (Jonker et al., 2014). En general, se observa resultados consistentes sobre los beneficios de los refugios en al menos dos revisiones sistemáticas independientes realizadas de forma relativamente reciente.
Por su parte, otros estudios señalan que estos programas suelen ayudar a desarrollar una serie de actividades que favorecen el desarrollo de competencias, conocimientos y habilidades para lidiar con las situaciones de violencia en casa, tales como el proveer información, crear un plan de seguridad, desarrollar habilidades de autocuidado, generar un ambiente de empatía, apoyo y respeto, ofrecer consejería, incrementar el acceso a recursos y oportunidades en la comunidad (como el empleo), e incrementar el apoyo social y comunitario (Sullivan, 2018). Si bien, diversos programas para el apoyo de mujeres que viven violencia utilizan algunas o casi todas las actividades mencionadas, los refugios son especialmente importante para aquellas mujeres que no pueden acudir a otros lugares de apoyo, ya sea porque los desconocen, o bien porque no tienen los recursos para acceder a ellos (Sullivan, 2012).
En conclusión…
Así que en general, la evidencia señala los efectos positivos que tienen los refugios para mujeres que viven violencia. Beneficios que van desde el salir de la relación violentada, hasta efectos positivos en su salud mental. Además, los beneficios también se impactan en sus hijos e hijas, y los resultados parecen ser extrapolables, pues se han encontrado resultados similares en diversos países. Tomando en cuenta su efectividad, y considerando a la violencia como un problema de salud y seguridad pública, no solo es ético que el gobierno provee financiamiento para ello, sino que podríamos decir que no hacerlo es totalmente irracional e irresponsable. Es necesario que las decisiones sobre el mantener o retirar el financiamiento gubernamental hacia esta tipo de programas estén fundamentadas en la mejor evidencia disponible, asegurando de esta manera, la adecuada utilización de los recursos públicos y los mejores resultados posibles para el bienestar de las mujeres que viven violencia.Referencias
Beal, S. M., & Finch, C. F. (1991). An overview of retrospective case‐control studies investigating the relationship between prone sleeping position and SIDS. Journal of paediatrics and child health, 27(6), 334-339.Jonker, I. E., Sijbrandij, M., Van Luijtelaar, M. J., Cuijpers, P., & Wolf, J. R. (2014). The effectiveness of interventions during and after residence in women’s shelters: A meta-analysis. The European Journal of Public Health, 25(1), 15-19.
Sullivan, C. M. (2012). Domestic violence shelter services: A review of the empirical evidence. Harrisburg, PA: National Resource Center on Domestic Violence.
Sullivan, C. M. (2018). Understanding how domestic violence support services promote survivor well-being: a conceptual model. Journal of family violence, 33(2), 123-131.
Weiner, M. H. (1990). From dollars to sense: a critique of government funding for the battered women's shelter movement. Law & Inequality, 9, 185-277.
jueves, 7 de marzo de 2019
Por Julio Vega
Prevención del delito en México ¿funciono o no?
Prevención del delito en México ¿funciono o no?
Dada la situación de violencia y aumento del crimen en la
que se encuentran los países en América Latina y el Caribe, no es de extrañar
que estos países destinen parte de sus presupuestos en dos estrategias para el
combate al crimen: la primera y más antigua, la represión o combate del crimen,
en la cual se encuentran medidas como aumentar las penas o multas, aumentar el
número de delitos que se tipifican en sus leyes penales, gasto en policía, etc.
y la segunda y que tiene varias décadas de historia pero aún nueva, es la
prevención del delito y la violencia, que busca disminuir los factores sociales,
económicos y personas que incitan al crimen y a la violencia, entre estas
medidas se encuentran comúnmente programas de enseñanza de habilidades para la
vida, rechazo a las drogas, tutorías para niños y niñas, asesoría para padres,
esas son las actividades tradicionales de prevención del delito. Actualmente
existen nuevos modelos de políticas públicas criminológicas dirigidas a
aumentar las oportunidades de educación, las oportunidades laborales, reducir
la desigualdad y la pobreza, pues estas estrategias buscan reducir los factores
sociales que facilitan la aparición de la conductas criminales, estas
estrategias encajan con la prevención social del delito, más adelante se
señalará que las políticas de prevención del delito en México, están enfocadas o
al menos se categorizan dentro de esta tipología de prevención.
A pesar de estos esfuerzos a nivel internacional, la
realidad a la que las naciones se enfrentan es difícil, hasta el 2015 la región
de América Latina y el Caribe era la más violenta del mundo, con una tasa de
homicidios de 24 por cada 100,000 habitantes, esto es cuatro veces la media
mundial (Banco Mundial: Equipo para la Prevención de la Violencia, 2012;
Jaitman, 2017). Los países destinan grandes cantidades de dinero al combate y
prevención del crimen y todo parece indicar que dichas estrategias no están
funcionando (Organización Mundial de la Salud, 2014)-
La
prevención del delito en México
La prevención del
delito en México es un proceso reciente, al menos como una política pública
organizada y planeada que cuenta con estructuras y respaldo normativo. En la
década de 1950, cuando se realizaron los primeros congreso de la ONU para la
prevención del delito, no existía una política nacional para la prevención del
delito que dirigiera la estrategia del gobierno, de manera cabal y como un
todo, al contrario se favorecía el desarrollo de políticas públicas de sanción
y control (Secretaría de
Gobernación, 2014).
Posteriormente en
1955, se expidió en México, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad
Pública que estableció las bases de coordinación de dicho sistema (SNSP), la
cual definió la integración y funcionamiento del mismo, con la participación de
diversas instancias de gobierno; planteó las conferencias de prevención y
readaptación social, la de procuración de justicia, de los secretarios de
seguridad pública, etc. (Secretaría de
Gobernación, 2014). Ver figura 1.
En el año 2000, se
creó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), a la cual le fue encargada la
prevención de la comisión de ilícitos. Posteriormente en el 2005, se creó la
Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, esta subsecretaría, la
cual tenía como fin instrumentar acciones para fortalecer la prevención del
delito y combate a la delincuencia, al igual que promover entre los servidores
públicos de la SSP y la ciudadanía una cultura de protección y respeto a los
derechos humanos en materia de seguridad pública (Secretaría de
Gobernación, 2014).
Luego, en el 2007,
como parte de la Estrategia Nacional de Prevención del Delito y Combate a la
Delincuencia, la SSP instrumentó la estrategia federal de prevención “Limpiemos
México” tanto en los estados y los municipios con mayores índices delictivos
del país. Dicha estrategia incluía los siguientes programas: 1) Escuela Segura,
cuyo fin es recuperar la seguridad y la sana convivencia en el entorno escolar;
2) Salud sólo sin Drogas, que buscaba prevenir las adicciones, y 3)
Recuperación de Espacios Públicos, programa destinado a rehabilitar espacios
públicos y devolveros a la sociedad para la convivencia social con libertad y
seguridad. Es en ese mismo año, la Subsecretaría de Prevención y Participación
Ciudadana se transformó en la Subsecretaría de Prevención, Vinculación y
Derechos Humanos, para desarrollar políticas, estrategias y prácticas para
disuadir la comisión de delitos (Secretaría de
Gobernación, 2014).
También en el 2007, se
crea una de las principales acciones para la prevención del delito y la
violencia en el país, el Subsidio para la Seguridad de los Municipios
(SUBSEMUN), este ha cambiado de nombre desde entonces, igualmente sus objetivos
han variado, así como sus reglas de operación, sin embargo el fin general de
dicho subsidio se ha mantenido casi invariable: cubrir aspectos de prevención
del delito, evaluación de control de confianza de los elementos operativos de
las instituciones policiales municipales, su capacitación, recursos destinados
a la homologación policial y a la mejora de condiciones laborales de los
policías, su equipamiento, la construcción de infraestructura y la conformación
de bases de datos de seguridad pública y centros telefónicos de atención de
llamadas de emergencia. Este subsidió desde entonces es el principal fondo
presupuestal para las acciones de prevención a lo largo del país, el
presupuesto anual promedio para la función de prevención social del delito es
de 2,500 millones de pesos.
Es importante
mencionar que antes de la existencia del SUBSEMUN, existían dos fondos
federales destinados a apoyar en materia de seguridad pública; el primero es el
“Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios y Demarcaciones del Distrito
Federal (FORTAMUN) y el “Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los
Estados y el Distrito Federal” (FASP); el FORTAMUN fue creado en 1997, y como
su nombre lo indica es un fondo destinado a los municipios y demarcaciones del
antiguo Distrito Federal, y las alcaldías de lo que hoy es la Ciudad de México;
el FASP existió desde 1998 hasta el 2008, este fondo estaba destinado a los
gobiernos estatales y al Distrito Federal, hoy Ciudad de México, ambos fondos
se incluyen en el Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF):
“Aportaciones Federales para las entidades federativas y municipales” (Secretaría de
Gobernación, n.d.)
Posteriormente en el
2012, se publicó la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia (LGPSVD) que “establece las bases de coordinación entre la
Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios en materia de
prevención social de la violencia y la delincuencia en el marco del Sistema
Nacional de Seguridad Pública”, y en donde se estableció en México el termino:
“Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia”, definido como el
“conjunto de políticas públicas, programas y acciones orientas a reducir
factores de riesgo que favorezcan la generación de violencia y delincuencia,
así como combatir las distintas causas y factores que la generan (Cámara de
Diputados del H. Congreso de la Unión, 2012 y Secretaría de Gobernación, 2014ª). Con la creación de la LGPSVD, se estableció
la creación del Centro Nacional para la Prevención del Delito y Participación
Ciudadana (CNPDPC), al igual que la creación de las Centros Estatales para la
Prevención del Delito y Participación Ciudadana.
Con la llegada de la
administración 2013-2018, en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se
establece la meta nacional: “Un México en Paz que garantice el avance de la
democracia, la gobernabilidad y la seguridad de su población”, que tiene el fin
de mejorar las condiciones de seguridad pública en el país para que los
mexicanos transiten con seguridad, sin temor, ejerciendo sus derechos y
garantías en un marco de libertades, mediante acciones orientadas a combatir
los delitos que más afecta a la población; esta meta nacional tiene dos ejes,
el primero orientado a trabajar en la prevención social de la violencia y el de
contención del delito mediante intervenciones policiales oportunas y efectivas (Secretaría de
Gobernación, 2014). Como resultado, en el año 2013, se incluyó en
el Presupuesto de Egresos de la Federación el subsidio para el otorgamiento de
apoyos en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, cuyo fin de
apoyar a las entidades federativas en el desarrollo y aplicación de políticas
públicas en materia de seguridad ciudadana, priorizando un enfoque preventivo
en el tratamiento de la violencia y la delincuencia; en el mismo año, se creó
la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, órgano adscrito a la
Secretaría de Gobernación (SEGOB), la cual tenía como fin formular y proponer
políticas públicas y programas relacionados con la prevención social de la
violencia y la delincuencia (Secretaría de
Gobernación, 2014).
Buscando cumplir con
la meta del Programa Nacional de Desarrollo 2013-2018 del gobierno federal: “Un
México en Paz que garantice el avance de la democracia, la gobernabilidad y la
seguridad de su población”, en el 2014 se crea el Programa Nacional para la
Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (PNPSVD), que presenta
cinco objetivos primordiales: 1) incrementar la corresponsabilidad de la
ciudadanía y actores sociales en la prevención social mediante su participación
y desarrollo de competencias, 2) reducir la vulnerabilidad ante la violencia y
la delincuencia de las población de atención prioritaria, 3) generar entornos
que favorezcan la convivencia y seguridad ciudadana, 4) fortalecer las
capacidades institucionales para la seguridad ciudadana en los gobiernos, y 5)
asegurar la coordinación entre las dependencias y entidades de la
administración pública federal para implementar programas de prevención social.
El principal indicador
para evaluar la eficiencia de dichas políticas de la prevención del delito debería
ser la disminución la incidencia del delito que se pretendía prevenir, esto
puede realizarse considerando las tasas de dichos delitos o de manera menos
especifica las frecuencias absolutas de dichos delitos. Por alguna razón ajena
a la comprensión del que escribe, puedo suponer que es para facilitar el
proceso de evaluación, el principal indicador elegido por el gobierno federal
para evaluar la eficacia general de las acciones de prevención del delito como
un conjunto es la tasa de homicidios dolosos. Como se observa en la Figura 1, de
acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de
Seguridad Pública (SESNSP), la tasa de delitos en México ha ido en declive en
los años que se realizaban los programas de prevención del delito, sin embargo,
a partir del 2014 estas cantidades aumentaron considerablemente haciendo que el
año 2017 sea el más violento en la historia reciente del país. Esto puede ser
una señal de que los esfuerzos del gobierno mexicano en crear estructuras y
políticas para la prevención de la violencia y el delito dieron resultados
parciales.
Figura 1. Evolución histórica de los homicidios en México. Fuente: Secretariado
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2018).
Conclusión
Se recuerda al lector que el
Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
culmina en el 2018, por lo que al día que se pública este documento se
consideran terminadas las acciones de dicho programa iniciada durante el sexenio
del presidente Enrique Peña Nieto, por lo que el resultado sobre los homicidios
dolosos no son nada alentadores.
También
se recuerda al lector que el Programa menciona todos los indicadores que deben
evaluarse para considerar la eficacia del programa, en este trabajo solo se
presentan datos del homicidio doloso por ser el indicador prioritario elegido
por el gobierno federal, como ya se mencionó antes.
Esto
deja claro que más allá de cualquier discurso político o ideológico, y haciendo
un lado el hecho de que en experiencia del que escribe existen programas
específicos que han sido benéficos y de gran ayuda para la población (como las
unidades de policía para la atención a la violencia familiar y de género), el
desempeño de la prevención del delito en México se encuentra lejos de haber
cumplido las funciones esperadas, lo cual para infortunio de los mexicanos
significa tener que esperar que las cosas mejoren para el sexenio siguiente.
Referencias
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley general
para la prevención social de la violencia y la delincuencia (2012). México:
General.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2017). Mortalidad.
Conjunto de datos: Defunciones por homicidios. Retrieved June 8, 2017, from
http://www.inegi.org.mx/lib/olap/consulta/general_ver4/MDXQueryDatos.asp?#Regreso&c=
Secretaría de Gobernación. (n.d.). Subsidio para la seguridad pública
municipal. México. Retrieved from
http://www.gobernacion.gob.mx/work/models/SEGOB/Resource/1325/1/images/Subsidio_para_la_Seguridad_Publica_Municipal.pdf
Secretaría de Gobernación. (2014). Auditoría de Desempeño:
14-0-04100-07-0113 GB-012. México.
Secretaría de Gobernación, and Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública. (2016). Tasas por cada 100 mil habitantes 1997-2016.
México. Retrieved from http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/tasas por
cada 100 mil habitantes/Tasas publicacion dic 14.pdf
Tépach, R. (2012). El Presupuesto Público Federal para la FUNCIÓN
SEGURIDAD PÚBLICA, 2011-2012. SAE-ISS-02-14. México, México.
Retrieved from Subdirección de Análisis Económico de la Dirección de Servicios
de Investigación y Análisis adscrito a la Dirección General de Servicios de
Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados
Intervención en Crisis con Victimas de Delitos
La victimización entendiéndola como el proceso por el cual
una persona sufre las consecuencias de un hechos traumático (Tamarit
Sumalla, 2006)
genera un gran impacto en la víctima, quien es la persona que sufre malestar
emocional a causa del daño intencionado provocado por otro ser humano (Echeburúa & de Corral , 2007) en su sentido
estricto. Ante esto, se puede encontrar a víctimas con varios recursos
personales quienes pueden hacer frente a sucesos traumáticos o a víctimas más
vulnerables, en las cuales los procesos de victimización generan más impacto. Ante
ello, una intervención en crisis oportuna y adecuada ayuda a mitigar el daño
posible a futuro
Pero ¿qué es una intervención en crisis?
La intervención en
crisis es “Un proceso de ayuda dirigida a auxiliar a una persona o familia a
soportar un suceso traumático de modo que la probabilidad de efectos negativos
como daños físicos o emocionales se aminore y la probabilidad de crecimiento se
incremente" (Slaikeu, 1996) .
En cuanto a la intervención en crisis se puede diferenciar
dos niveles principales, el primero se denomina Primera Ayuda Psicológica o
Primeros Auxilios Psicológicos cuyo objetivo es restablecer el enfrentamiento
inmediato, este se da en las primeras 72 horas después del suceso y busca: 1)
Proporcionar apoyo con la premisa de que es mejor para las personas no estar
sola en tanto soportan cargas extraordinarias. 2) Reducir la mortalidad y
prevención del daño físico durante la crisis (tomar medidas para para hacer
mínimas las posibilidades destructivas y desactivar la situación) y 3)
Proporcionar enlace con fuentes de asistencia (Slaikeu, 1996) .
Al respecto es importante mencionar que este tipo de
intervención lo puede realizar cualquier tipo de persona no profesional de la
salud mental (Echeburúa & de Corral , 2007) , siempre y cuando
tenga la preparación y el entrenamiento específico para ello.
1.
Realizar contacto psicológico
2.
Analizar las dimensiones del problema
3.
Sondear posibles soluciones
4.
Asistir en la ejecución de pasos concretos
5.
Y seguimientos para verificar el proceso
En el segundo
nivel se encuentra la Intervención de Segunda Instancia o también conocida como
Terapia para Crisis; la cual se refiere a un proceso terapéutico breve que va
más allá de la restauración del enfrentamiento inmediato y se encamina a la
resolución de crisis, es decir, asistir a la persona de manera que el
acontecimiento se integre a la trama de la vida. La intervención puede durar de
semanas a meses. Las personas que llevan a cabo la terapia son psicoterapeutas
y el ambiente en el que se realiza la intervención debe ser un espacio ideal
para terapia (Slaikeu, 1996) .
El proceso de victimización
crea un episodio traumático, una crisis (Bernal Quiñones, 2015) , es decir, una
persona que es víctima de un delito, pasa por una serie de emociones intensas
las cuales pueden llegar sobrepasar los recursos personales. Por ello el apoyo indicado
en estas primeras 72 horas a una víctima de un delito puede ser fundamental, ya
que se encuentran en un estado de vulnerabilidad.
En este tiempo, la mayoría de las victimas suele estar en
contacto con diversos profesionales, quienes pueden ser los primeros al llegar
al lugar de los hechos, como un policía, paramédico, criminalista; o cuando
ésta acuda a poner su demanda, dentro de los que pueden ser administrativos,
trabajadores sociales, profesionales del derecho, criminólogos, psicólogos, o
cualquier otro personal que este en contacto con la víctima.
Al ser de los primeros contactos deben recibir capacitación
y estar preparados en técnicas de intervención en crisis en su modalidad primera
ayuda psicológica, estos profesionales, tales como policías, profesionales del
derecho, de trabajo social e incluso personal administrativo que trabaja en
estos ámbitos, deberán contar con ciertas características personales, como por
ejemplo, poseer habilidades sociales, conocer e identificar estrategias
adecuadas para intervenir según la persona y tener un buen control del estrés (Lorente Gironella, Font Mayolas, & Villar Hoz,
2005) ,
es decir, saber manejar sus emociones con respecto a las emociones de los
demás.
Sobre todo porque hay momentos en una persona en crisis o que ha vivido un suceso traumático, donde
se pueden disparar las emociones ante ciertos estímulos, como por ejemplo la
toma de la denuncia o en una reconstrucción de hechos. Además hay que tomar en
cuenta que no siempre es sencillo predecir la reacción de un ser humano ante un
acontecimiento traumático, hay personas que son muy sensibles, las cuales están
predispuestas a tener respuestas más exageradas e intensas que otras ante un
mismo suceso (Echeburua, Amor, & de Corral, 2006) .
Un intervención y canalización correcta puede incluso evitar
una re-victimización, la cual es toda acción que empeora el estado físico y/o
psicológico de la víctima cuando esta busca ayuda y se relaciona con el sistema
legal (Tapias , 2015) . Al momento de realizar la intervención
en crisis, es importante que el personal también conozca el contexto en el que
se desenvuelve, saber del proceso penal para una adecuada canalización o en su
caso poder entender lo que la persona expresa o desea realizar, así como de
igual manera se evite afectar el testimonio de la víctima.
En este sentido y como conclusión, el personal que trabaja
con víctimas del delito y es un primer contacto, debe contar con conocimientos
no solo de intervención en crisis sino también, conocimientos del proceso
judicial, del derecho, de la psicología de testimonio y los procesos mismos de
su institución, esto con el fin de estabilizar a la víctima, cuidar su testimonio, lograr una efectiva
canalización a las instancias tanto jurídicas como psicológicas y por ende
evitar una re victimización.
Referencias
Bernal Quiñones, G. (2015). Intervención con víctimas
desde la psicología jurídica, criminológica y derechos humanos. En A. Tapias, Victimología
en América Latina: Enfoque psicojurídico (págs. 99-132). Bogota: Ediciones
de la U.
Echeburúa, E., & de Corral , P. (2007).
Intervención en crisis de suscesos traumáticos: ¿Cuando, cómo y para qué? Psicología
conductual, 15(3), 373-387.
Echeburua, E., Amor, P., & de Corral, P. (2006).
Asistencia psicológica postraumática. En E. Baca Baldomero, E. Echeburúa
Odriozola, & J. Tamarit Sumalla, Manual de Victimología (págs.
285-306). Mérida: Tirant Lo Blanch.
Lorente Gironella, F., Font Mayolas, F., & Villar
Hoz, E. (2005). La formación en primeros auxilios psicológicos y emergencias en
el título de grado en psicología. Revista de Enzañanza de la
Psicología:Teoría y Experiencia, 1(1).
Slaikeu, K. (1996). Intervenión en crisis: Manual
para p´ractica e Investigación (2da ed.). México: Manual Moderno.
Tamarit Sumalla, J. (2006). La victimología:
Cuestiones conceptuales y metodológicas. En E. Baca Baldomero, E. Echeburúa
Odriozola, & J. Tamarit Sumalla, Manual de Victimología (págs.
17-50). Valencia : Tirant Lo Blanch.
Tapias , A. (2015). Aproximación a la victimología
desde la psicología juridica. En A. Tapias , Victimología en america Latina:
Enfoque psicojurídico (págs. 39-67). Bogota: Ediciones de la U.
.sábado, 27 de octubre de 2018
Por Cindy Carolina Cauich Sonda
La familia como factor de riesgo para la conducta criminal
La familia como factor de riesgo para la
conducta criminal
Redondo
y Pueyo (2009) señalan que la delincuencia es uno de los problemas sociales en
que suele reconocerse una mayor necesidad y posible utilidad de la psicología. A lo largo de la segunda mitad del siglo XX y
hasta nuestros días se ha ido conformando una auténtica psicología
criminológica. En ella, a partir de los métodos y los conocimientos generales de
la psicología, se desarrollan investigaciones y se generan conocimientos
específicos al servicio de un mejor entendimiento de los fenómenos criminales.
Sus aplicaciones están resultando relevantes y prometedoras tanto para la
explicación y predicción del comportamiento delictivo como para el diseño y
aplicación de programas preventivos y de tratamiento. Así, los conocimientos
psicológicos sobre la delincuencia se han acumulado en torno a diferentes áreas
de estudio de la criminalidad.
Sin
embargo, cuando se trata del ámbito de la explicación, Arce y Fariña (2007)
mencionan que si bien se ha intentado explicar el comportamiento desviado desde
múltiples perspectivas, los diferentes intentos explicativos se han orientado
hacia la maximización alguno de los siguientes tres factores: biológicos,
psicológico-individuales y psicológico-sociales y generalmente en estas teorías
la explicación que se ofrece de la delincuencia se orienta a la
sobredimensionalización de una(s) variable(s) o dimensión(es) en detrimento de
otras, lo cual lleva implícito que el valor de las mismas sea relativo. Por
extensión, la categorización de los marcos teóricos en función del origen del
comportamiento antisocial en biológicos, psicológicos y sociológicos también se
refleja en los tratamientos que están orientados, generalmente, ya sea a aislar
los efectos de un único componente, o a recurrir a una fórmula de tratamiento
aplicable al conjunto del problema, pero desde una única perspectiva.
Es
por esta razón, que Munizaga (2009) indica que las explicaciones
unidimensionales de la delincuencia no son suficientes. A partir de los años
70’s, y hasta la actualidad, nuevas corrientes de pensamiento plantean que las
causas del fenómeno de la criminalidad son múltiples y pluridimensionales. Con
ello, surge un movimiento integrador de teorías que se basan en estudios
longitudinales realizados en Estados Unidos y Reino Unido, los que comprueban,
mediante evidencia empírica, que la delincuencia es un fenómeno dinámico,
multicausal y complejo. Uno de estos enfoques es el de factores de riesgo, que
realiza planteamientos comprensivos acerca de este fenómeno, debido a que lo
explica desde un punto de vista multicausal.
El
término “factores de riesgo” se refiere a la presencia de situaciones
contextuales o personales de carácter negativo que incrementan la probabilidad
de que las personas desarrollen problemas emocionales, conductuales o de salud.
De esta forma, la premisa apunta que a mayor acumulación de factores de riesgo
en el tiempo por un individuo, mayor es la probabilidad de que éste exprese
conductas delictivas. (Munizaga, 2009)
Si bien es cierto que este tipo de comportamiento en la adultez
quedaría definido por la interacción de un conjunto de factores
biopsicosociales, podría decirse que dentro del grupo de factores
sociales/contextuales (grupo de iguales, escuela, vecindario) la familia
representaría un contexto de incuestionable influencia. (Aguilar-Cárceles,
2012). Se
trata del grupo social en el que la mayoría de las personas inician su
desarrollo, permanecen durante largo tiempo y conforman un entramado de
relaciones y significados que les acompañarán a lo largo de toda la vida.
Además, esta relevancia de la familia permanece vigente en todos los momentos
vitales de la persona, desde la niñez hasta la vejez, y la adolescencia no
constituye una excepción. Así, el grado de apoyo, de afecto y de comunicación
que el adolescente percibe en este contexto es un elemento que contribuye de
modo significativo a su bienestar psicosocial, así como al del resto de sus
integrantes. Aunque el adolescente incorpora nuevas relaciones en su red social
como las amistades u otros adultos significativos, la familia sigue constituyendo
el eje central que organiza la vida de éstos y continúa ofreciendo experiencias
concretas de desarrollo que influyen en las interacciones que los adolescentes
establecen en otros contextos, como la escuela o la comunidad más amplia
(Musitu, Buelga, Lila y Cava, 2001). En este sentido, la familia tiene todavía
el rol primordial de transmitir a sus hijos una serie de creencias, valores y
normas que les ayudarán a convivir en la sociedad de la que forman parte.
Sin
embargo, en la realidad, la familia también puede constituir un factor de
riesgo que predisponga al desarrollo de problemas de desajuste en sus miembros.
En distintas investigaciones se ha constatado que un ambiente familiar
positivo, caracterizado por la comunicación abierta y por la presencia de
afecto y apoyo entre padres e hijos es uno de los más importantes garantes de
bienestar psicosocial en la adolescencia (Musitu y García, 2004 citado en:
Musitu,
Estévez, Jiménez y Herrero, 2007) mientras que un ambiente familiar negativo
con frecuentes conflictos y tensiones, dificulta el buen desarrollo de los
hijos y aumenta la probabilidad de que surjan problemas de disciplina y
conducta.
Variables
familiares asociadas a la conducta criminal
Son
muchos autores los que han centrado en los últimos años su foco de discusión en
el análisis del contexto familiar como uno de los principales factores de
riesgo o desencadenante de conductas antisociales en la adultez atendiendo a
distintas variables:
Cuando
desde el entorno familiar la transmisión de normas, valores, creencias, y
actitudes, no se produce de manera adecuada se produce una distorsión del
proceso de socialización y la aparición de las conductas inadaptadas. Martos y
Rosser (2013) analizaron la relación existente entre la delincuencia juvenil y
los estilos educativos de los padres mediante la revisión de 342 expedientes
judiciales de menores infractores. Los resultados mostraron una relación
estadísticamente significativa entre la conducta delictiva de los jóvenes de
los casos revisados y el estilo educativo denominado permisivos o incongruentes
(caracterizado por el dimisionismo educativo y la no implicación afectiva en
los asuntos de los hijos) por parte de los progenitores.
Por
otro lado, es razonable pensar que una infancia caracterizada por conductas
violentas en el ámbito familiar pueda derivar en una adolescencia problemática.
Al respecto, Paíno y Revuelta (2002) estudiaron, por una parte, la relación de
determinadas variables familiares con la manifestación de la conducta de
maltrato en la familia y, por otra parte, la relación entre la existencia de
maltrato en la infancia y la posterior conducta delictiva en una muestra de 87
presos. Los resultados mostraron una fuerte relación entre las variables de
antecedentes penales y de adicción del padre con la variable criterio de
maltrato familiar. Y principalmente, se encontró una relación significativa
entre la existencia de maltrato en la infancia con variables relativas a la
historia penitenciaria como la edad de ingreso en prisión y la reincidencia.
Respecto
a la variable denominada estructura
familiar existe menos homogeneidad respecto a los resultados empíricos.
Torrente y Rodríguez (2004) analizaron la relación de esta variable en términos
de personas con las que vive el menor, (número de hermanos, el orden de
nacimiento, si sus padres viven juntos, si viven con ellos o con otros
familiares) con jóvenes de escuelas regulares y jóvenes que se encontraban en
un centro de reintegración. Sus resultaron indicaron una relación
estadísticamente significativa entre los hogares monoparentales y/o
desestructurados por separación/divorcio.
En
contraste, Antolín, Oliva y Arranz (2009) concluyeron que no existe asociación
entre el tipo de estructura familiar y la manifestación de comportamientos
antisociales infantiles cuando analizaron esta variable, mencionando también
que este tipo de conducta antisocial, puede ser mejor explicada, en el ámbito
de los factores familiares, a variables tales como la privación económica que
también ha resaltado Salazar-Estrada, Torres-López, Reynaldos-Quinteros,
Figueroa-Villaseñor y Araiza-González (2011) al encontrar relación entre
conducta antisocial en jóvenes y una serie de condiciones relacionadas con la marginalidad
de la familia y de su entorno; o el estrés familiar, variable cuya importancia
también ha sido mencionada por Hein, Blanco y Mertz (2004) en una revisión de
la literatura relacionada.
A
su vez, Ovalles (2007) encontró también una relación entre el hecho criminal en
la infancia y adolescencia, con la relación que se presenta cuando los grupos
familiares no funcionan adecuadamente, esto basado en la falta de comunicación,
de afecto, de actividades y de responsabilidades entre ellos, falta de pertenencia
y de cohesión, como características de la disfuncionalidad familiar.
Hay
algunas otras variables que, aunque no han demostrado la mayor significancia
estadística, vale la pena tomar en cuenta, tales como la falta de supervisión o
control de los padres, una familia numerosa, y carencias afectivas (Vázquez,
2003).
En
conclusión, existe una gran preocupación por las conductas problemáticas
adolescentes, tanto por el daño que hacen a otros o al conjunto de la sociedad,
como por el riesgo que suponen para los propios adolescentes. Los estudios que
se han realizado sobre delincuencia juvenil y conducta antisocial plantean el
carácter multicausal del fenómeno y señalan numerosos factores de riesgo que lo
precipitan (Sánchez-Teruel, 2012)
Entre
los factores explicativos de estos comportamientos están los relacionados con
la vinculación social. Por ejemplo, las relaciones con la familia. Los
presupuestos teóricos y los hallazgos empíricos ponen de manifiesto que el
ambiente familiar juega un papel fundamental en la conducta delictiva del
adolescente (Redondo, Luengo, Sobral y Otero, 1988). Sin embargo, hay que tomar
en cuenta que los factores de riesgo y protección no indican causalidad, sino
que constituyen condiciones, en este caso del entorno familiar, que predicen
una mayor o menor probabilidad de desarrollar un comportamiento (Hawkins et
al., 1998 citado en: Montañés, Bartolomé, Montañés y Parra, 2008).
REFERENCIAS
Aguilar-Cárceles,
M. (2012). La influencia del contexto familiar en el desarrollo de conductas
violentas durante la adolescencia: factores de riesgo y protección. Revista Criminalidad, 54 (2), 27-46.
Antolín,
L., Oliva, A. & Arranz, E. (2009). Variables familiares asociadas a la
conducta antisocial infantil: el papel desempeñado por el tipo de estructura
familiar. Apuntes de Psicología, 27
(2-3), 475-487.
Arce,
R. & Fariña, F. (2007).Teorías de riesgo de la delincuencia. Una propuesta
integradora. En F.J. Rodríguez & c. Becedóniz (Coords.), El menor
infractor. Posicionamientos y realidades (pp. 37-46). Oviedo, España: Servicio
de Publicaciones del Principado de Asturias.
Hein,
A., Blanco, J. & Mertz, C. (2004). Factores de riesgo y
delincuencia juvenil: revisión de la literatura nacional e internacional. Santiago
de Chile: Fundación Paz Ciudadana.
Martos,
R. & Rosser, A. (2013). Delincuencia juvenil y estilos educativos
parentales [en línea]. 14º Congreso Virtual de Psiquiatría.com, Interpsiquis, 5
p.
Montañés,
M., Bartolomé, R., Montañés, J. & Parra, M. (2008). Influencia del contexto
familiar en las conductas adolescentes. Ensayos,
(17), 391-407.
Musitu,
G., Estévez, E., Jiménez, T. & Herrero, J. (2007).Familia y conducta
delictiva y violenta en la adolescencia. En S. Yubero, Larrañaga, E. y Blanco,
A. (Coords.), Convivir con la violencia (pp. 135-150). Cuenca: Ediciones de la
Universidad de Castilla-La Mancha.
Musitu,
G., Buelga, S., Lila, M. y Cava. M. J. (2001). Familia y adolescencia. Madrid:
Síntesis.
Ovalles,
A. (2007). Incidencia de la disfunción familiar asociada a la delincuencia
juvenil. Capítulo Criminológico, 35 (1), 85-107.
Paíno,
S. & Revuelta, F. (2002). Maltrato y delincuencia. Psicothema, (14), 101-108.
Redondo,
S. & Pueyo, A. (2009). La psicología de la delincuencia. Revista El Observador, (4), 11-30.
Sánchez-Teruel,
D. (2012). Factores de riesgo y protección ante la delincuencia en menores y
jóvenes. Revista de Educación Social,
(15), 1-12.
Salazar-Estrada,
Torres-López, Reynaldos-Quinteros, Figueroa-Villaseñor & Araiza-González.
(2011). Factores asociados a la delincuencia en adolescentes de Guadalajara,
Jalisco. Papeles de población, 17 (68), 103-126.
Torrente,
G. & Rodríguez, A. (2004). Características sociales y familiares vinculadas
al desarrollo de la conducta delictiva en pre-adolescente y adolescentes. Cuadernos de Trabajo Social, (17), 99-115.
Vázquez,
C. (2003) Factores de riesgo de la conducta delictiva en la infancia y
adolescencia. En: Delincuencia juvenil.
Consideraciones pnales y criminologías. Pp. 121-168. Madrid: Colex
sábado, 13 de octubre de 2018
Por Paulina Carranco