Por Graciela Mayte Chale Cervantes
Netflix estrenó hace unos días el documental sobre Aileen Wuornos, que presenta videos grabados en el tiempo que ella estuvo viva y privada de su libertad, así como entrevistas y grabaciones que hizo la reportera que tomó la batuta en la cobertura de este caso polémico. No es mi intención contarles el documental, pero les recomiendo ir a mirarlo con juicio crítico, para lo cual, me gustaría brindarles una guía de las aristas que deberían contemplarse de este caso:
Psicotrauma
Quiero comenzar explorando el
Psico-trauma presente en esta persona, entendiendo este concepto como la huella
emocional y cognitiva presentada en personas que han experimentado eventos
donde se han sentido en peligro real o perceptivo (The National Child Traumatic
Stress Network, 2025). A lo largo del documental, nos enteramos de la negligencia
infantil, violencia intrafamiliar y múltiples agresiones de índole sexual, que
esta mujer experimentó desde los 8 meses, cuando fue abandonada y si bien, ella
señala que su infancia fue buena, los testimonios de una amiga de la infancia
la desmienten, señalando incluso que fue violada a los 13 años por un grupo de
sus compañeros, quedando embarazada, pero que nunca supo lo que ocurrió con
dicho embarazo.
Si bien, el historial de
violencia nunca puede ser usado como “excusa” para cometer más violencia, las
secuelas que dichos eventos provocan se denomina Trauma Complejo y pueden
manifestarse en diversas maneras, siendo en el caso de Aileen muy claros: alcoholismo,
huidas de casa, prostitución, relaciones de pareja violentas y codependientes, mala
gestión de las emociones (explosiones de ira), dificultades para vincular
saludablemente con otras personas, baja autoestima, depresión, conductas
antisociales y finalmente, la comisión de múltiples homicidios. Porque sí, al
menos su primer asesinado, tal cual fue descrito en su testimonio voluntario
frente a una cámara, puede ser categorizado como una respuesta inminente a un
catalizador o “detonador”, el cual, es un indicador de trauma que se presenta
cuando las acciones de otras personas activan los mecanismos de supervivencia
condicionados a partir de las experiencias traumáticas (The National Child
Traumatic Stress Network, 2025), aspecto que muchos estudios encabezados por la
universidad de Harvard, han demostrado que aparecen en personas que
experimentaron eventos traumáticos desde la infancia e impactan en su vida
adulta (Center on the Developing Child, 2025); estos mecanismos van desde la
despersonalización hasta las acciones violentas contra una o varias personas.
Sobre los otros hechos delictivos, ella
relata que las víctimas hicieron algo que la “enojó”, yo señalaría que la
“detonaron”, para que tomara la decisión de dispararles, además, debemos
considerar que, desde la criminología, el “paso al acto” (Avalos y Riquelme,
2024) es justo el momento en el que una persona decide cometer un acto
delictivo y que, una vez cruzada esa frontera, no hay vuelta atrás, pues seguir
cometiendo delitos se vuelve cada vez más fácil. Es indiscutible que ella
cometió los asesinatos, pero fueron producto de las secuelas del trauma
complejo que vivió desde la primera infancia, pues la llevaron a adoptar una
vida con factores y conductas de riesgo que la llevaron a cometer siete
asesinatos, lo que desmiente la postura del fiscal que la proceso, donde la
presentó como una asesina a sangre fría que cometió los asesinatos por placer.
Género y criminalidad
Cuando el documental comienza,
una de las frases que más me enojó fueron las que hacían alusión a la
prostitución que Aileen ejercía, indicando que no entendían como una mujer tan
fea podía tener clientes, me encantaría decir que los tiempos eran otros, que
ha cambiado, pero por desgracia, no es así, muchos comentarios alrededor de los
cuerpos femeninos siguen haciendo alusión a la cosificación de los mismos,
donde el género sí importa, donde la mujer tiene más o menos valor, si cumple
los estereotipos deseables para los hombres y sobre todo, si la conducta de la
mujer “es adecuada” a las normas morales vigentes. Los cuales, la protagonista
no cumplía: fea, alcohólica, violenta, lesbiana y prostituta, aspecto que
facilitó que fuera sentenciada socialmente desde el momento de su captura.
Una afirmación que Aileen realizó,
evidenciando que los delitos cometidos contra prostitutas jamás eran tomados en
cuenta, no está lejos de la realidad, en estudios realizados con mujeres que
han estado involucradas en la prostitución se identificó que presentan
sintomatología de estrés postraumático tan intensa como los sobrevivientes en
zonas de guerras y la cifra negra de la victimización sexual, hasta cuatro
veces más alta que las denuncias que se realizan, los agresores suelen ser los
proxenetas y los clientes que consumen los servicios sexuales, pues existe un
“halo” de poder que estos hombres ejercen, terminando en daños tanto físicos
como psicológicos (Farley, Cotton, Lynne, Zumbeck, Spiwak, Reyes, Alvarez y Sezgin,
2003; Potterat, Brewer, Muth, Rothenberg, Woodhouse, Muth, Stites y
Brody,2004).
Independientemente de la
opinión que podamos tener sobre la prostitución, no podemos negar que es un sistema
violento en contra de la integridad y los derechos humanos de las mujeres que
la ejercen (ONU, 2024), dejándolas en una situación de constante vulnerabilidad
frente a la violencia de quienes consumen y las autoridades que desestiman sus
afirmaciones, sin dejar de lado la condena social por romper los cánones
morales de lo que una mujer debería hacer y no hacer.
Desde la perspectiva
criminológica, suele señalarse que la tipología de la violencia cometida por
mujeres implica el daño físico contra personas bajo su cuidado o contra el
patrimonio, siendo en un menor porcentaje aquellas que cometen delitos de alto
impacto social, como el homicidio, aunque, en los últimos años, al menos en
México se han elevado las tasas de mujeres que son procesadas y condenadas por
homicidio y secuestro (Purata Guillén, 2019; Ruiz-Garneros, 2024; Valle, 2024).
Sin embargo, las estadísticas siguen siendo bajas, lo que ha provocado que
existan pocos estudios relacionados con la criminalidad femenina, pues esta
conducta se ha estudiado principalmente en hombres; a la pregunta ¿Por qué
delinquen las mujeres? Aún no existen respuestas claras, pues, pretender
entender la conducta criminal de las mujeres, desde las explicaciones aplicadas
a los hombres, perpetúa la invisibilización de los factores aplicables
solamente a ellas por las características propias de las mujeres desde una
perspectiva bio-psico-social.
Las demandas de género, tan
violentas y utilizadas para discriminar a quienes las cumplen y quienes no,
rechazan en todas las formas a una “mujer violenta”, niegan la posibilidad de
que acciones que lastimen a otros puedan ser ejercidas por aquellas que “deben”
proteger, cuidar, ser sumisas e indefensas. En el caso de Aileen, al alejarse de
dichas demandas, fue juzgada con mayor dureza, se le etiquetó como una asesina
serial que cometía homicidios por el simple placer de hacerlo, ¿Qué se podría
esperar de una mujer que no cumplía el estereotipo? ¿Qué se podía hacer con
aquella que rompe las normas establecidas? ¿Qué se puede hacer con aquella que
incomoda? La respuesta fue simple: ignorar todas las pruebas alrededor y condenarla
a muerte.
Juicios con perspectiva de género
Alieen fue una mujer tachada de
antinatural y que condensaba todo lo que estaba mal en la sociedad, motivos por
los cuales, el fiscal encargado del caso estaba decidido a “hacer justicia”. Durante
el documental escuchamos declaraciones en las que se señala que “no por ser
mujer se le juzgaría diferente”, donde se aseguraba al público de la época que
habría “consideraciones”, pues debía ser castigada con la pena de muerte, para
que no existiera duda de que la justicia llegaría a los hombres que asesinó.
Sin embargo, fue justamente su condición de mujer la que hizo que se realizaran
acciones totalmente injustas y violatorias de derechos, antes, durante y
después del juicio al que fue sometida.
El cambio de la jueza
designada en primera instancia, que expresó durante una entrevista, deseaba
considerar todos los antecedentes de vida de Aileen; que durante el juicio por el
primer homicidio fueran admitidas pruebas e información de las otras
acusaciones; y finalmente, que las pruebas relacionadas con una condena previa
por violencia sexual de la primera víctima fueron los hechos que evidencian la
injusticia durante el proceso legal, destacando el hecho de que, ella argumentó
en muchas ocasiones que al menos en el primer homicidio (sin que descartemos
que fue así en las seis ocasiones siguientes), su vida se vio en peligro y
accionó en defensa propia; en sus declaraciones, ella señala que los hombres a
los que asesinó, intentaron ejercer violencia contra ella o representaron un
peligro inminente, dicho que fue absolutamente desestimado, lo cual puede ser
interpretado como la desvalorización de su palabra por ser una “prostituta
alcohólica y violenta”, sin que se haya mencionado que aquellos hombres eran
consumidores de la prostitución y algunos tenían condenas previas por actos
violentos.
Así como Aileen, muchas mujeres
en diferentes partes del mundo son víctimas de procesos jurídicos violentos y
que no consideran los factores bio-psico-sociales que pueden estar involucrados
en los delitos en los que son sentenciadas. A lo largo de mi experiencia
profesional trabajando en Centros de Reinserción Social y Centros de
Internamiento, pude conocer a muchas mujeres adolescentes y adultas cuyas
historias estaban cargadas de violencia e injusticia, siendo particularmente
conmovedoras aquellas historias en las cuales las mujeres violentaban a sus
victimarios o en las que eran obligadas a participar en secuestros,
narcotráfico o incluso el crimen organizado, una tendencia en aumento a la par
del incremento de los delitos de este tipo y en los cuales, las mujeres
participan en diferentes acciones, siendo en el menor de los casos como
ejecutoras, dado que en la mayoría de las ocasiones son parejas o familiares de
los responsables directos, participando como cuidadoras en el caso del
secuestro o transportadoras de mercancía en el narcotráfico (Valle, 2024). En México, algunas activistas han señalado
que las mujeres reciben sentencias de hasta siete años más que los hombres que
han cometido los mismos delitos, lo que perpetúa la violencia existente en el
sistema de justicia (Arochi, 2025).
Los juicios con perspectiva de
género, buscan promover una resolución judicial que tome en cuenta las
desigualdades y discriminaciones de género que existen en la sociedad y busca
garantizar la igualdad de trato y oportunidades para todas las personas; en
nuestro país, existen desde el 2015 protocolos especializados para guiar el
actuar de las y los jueces (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2015), sumado
a lo anterior, la implementación de leyes y decretos que protegen los derechos
de las mujeres como la despenalización del aborto, pretenden sumar a la
implementación de condiciones para que casos donde las mujeres se ven
involucradas, contemplen las condiciones de género que puedan haber influido
para la criminalidad femenina (Bonifaz, 2019).
Sin embargo, nos queda claro
que estos esfuerzos necesitan aún más acciones eficaces que vayan más allá de
protocolos, firmas y acuerdos en papel, se necesitan acciones concretas que
aseguren que las mujeres son juzgadas considerando todos y cada uno de los
factores involucrados, que las sentencias son justas y que no se nos
revictimiza por el hecho de ser mujer en los espacios de procuración de
justicia, para que no haya otras Aileen, que sean expuestas a procesos injustos,
machistas e indiferentes a sus condiciones de vulnerabilidad. En este sentido,
no puedo evitar preguntarme, de haber tenido un juicio con perspectiva de
género, ¿Aileen hubiera evitado la pena de muerte?, ¿Se hubiera reclasificado el
delito?, me parecería que sí o al menos, como profesional involucrada en el
ámbito jurídico, pero aún más, como mujer, esperaría que así hubiera sido,
Abandono de las mujeres privadas de su libertad
Hemos explorado algunas de las
irregularidades que ocurrieron con Aileen durante la investigación y juicio de
su caso, pero, esta mujer condenada también vivió privada de su libertad en el
corredor de la muerte durante 10 años, esperando que los juzgados decidieran
ejecutar la pena de muerte o no, pues durante ese tiempo luchó para que su caso
sea reabierto y se modifique su sentencia. Sin embargo, al pasar del tiempo y
el estancamiento legal, las personas involucradas con ella relatan que pudieron
observar un declive en su salud mental. Se evidencia que Aileen tenía una red
social fuera de la cárcel, amigas por correspondencia y una familia adoptiva
que la apoyaba, además de acercarse a sus creencias religiosas, sin embargo,
creció en ella una necesidad de morir, pues el proceso de espera le resultaba
aún más tortuoso que la sentencia.
Podríamos hacer una
comparación importante entre el caso de la protagonista y otros asesinos
seriales de Estados Unidos, quienes se han convertido en celebridades, con
admiradoras y constantes visitas, se convierten en focos de atracción para
diferentes personas y medios de comunicación, pero a Aileen, los medios la
fueron olvidando, quedándose solamente un grupo de cinco personas que el día de
su ejecución, lloraron sinceramente por la pérdida de su vida.
Esto no es un caso aislado y
único, las mujeres que viven privadas de su libertad, por lo general son
abandonadas por sus familias y amigos, alrededor del mundo el abandono de las
mujeres sentenciadas responde, no solamente a las consecuencias de cometer un
delito, ya que se suma, el no cumplir con lo esperado socialmente y volverse
ejecutoras de violencia (al contrario de lo que espera: sumisión); en contraste
con los hombres, a las mujeres privadas de su libertad las visitan pocas
personas, sus esposo muchas veces las abandonan y las familias las señalan como
una “vergüenza” o se sigue perpetuando el abandono social de los que
ciertamente, muchas de ellas provienen, al no cumplir con los estereotipos de
género como el cuidado de la familia o los hijos (Azaola, 2004; Documenta,
2022; Arochi, 2025), algunas
estadísticas del 2017 incluso aseguraban que el 80% de las mujeres privadas de
su libertad son abandonadas y no reciben visitas (Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, 2017).
En el 2022, un diagnóstico
realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos indicó que el 25% de las
mujeres que viven en prisión indicaron que sus visitas son una vez a la semana,
existiendo incluso mujeres que reportaron que reciben visitas una o dos veces
al año, llegando incluso a no recibir visita, lo que aumenta la percepción de
abandono y soledad. ¿Es posible que la estadística haya cambiado para el 2025?
Por desgracia no podemos responder a esa pregunta pues no existen estudios
recientes que nos hablen del abandono de las mujeres en prisión, lo cual no
sorprende, los estudios alrededor del sistema penitenciario son pocos y, sobre
todo, se enfocan en la población masculina privada de la libertad.
La privación de libertad
implica un constante sufrimiento emocional y la experimentación de diversos
eventos traumáticos, sumando a eso, la soledad del abandono de las redes de familiares,
dan como resultado inminente el deterioro de la salud mental (Documenta, 2022; Fundación
Esplai, 2024), lo que fue evidente en Aileen pues al final de los 10 años de
espera en el corredor de la muerte, ella misma le pidió al juez responsable de
su caso que desestimara todos los recursos para cambiar la sentencia, pues
estaba lista para morir y realizó declaraciones como: “Soy una asesina y
volveré a hacerlo, soy un peligro para la sociedad”; las cuales, desde mi
perspectiva, fueron argumentos que presentó para lograr terminar con la tortura
psicológica de esperar todos los días por una fecha para morir.
Las mujeres privadas de su libertad
son una población vulnerable que es revictimizada por la sociedad y el sistema
de justicia (Sánchez, 2024), no existen estudios que describan sus necesidades
y la información con la que se cuenta proviene de fundaciones que trabajan con
ellas desde una perspectiva asistencialista, sin que existan programas
gubernamentales concretos que prevengan las condiciones de riesgo a las que se
ven expuestas todos los días, antes, durante y después de ser privadas de su
libertad. La reinserción social femenina tiene demandas particulares que son
poco abordadas, por lo que invisibilizan las necesidades particulares de esta
población, lo que dificulta que se mantengan vinculadas positivamente durante
el tiempo de sus sentencias con sus familias y la reinserción social exitosa.
Reflexiones
El caso de Aileen, presentó una ruptura
del paradigma existente en la época sobre los asesinos seriales, lo que fue un
reto para sus defensores, los fiscales y el juez encargado de llegar a una
resolución, pero sobre todo, dejó en evidencia la violencia machista
institucional que se manifestó en diversas fallas durante el proceso y que
dejaron en evidencia la vulneración de los derechos de las mujeres que son
acusadas y sentenciadas por cometer delitos de alto impacto, lo cual, sigue
ocurriendo en la actualidad. Si bien estamos en el camino y existen acciones
que promueven los juicios con perspectiva de género, queda mucho por hacer,
pues es necesario sensibilizar y deconstruir a los profesionales involucrados
en los procesos jurídicos, lo cual es una tarea titánica en contra de las
creencias y demandas arraigadas en la sociedad.
Este caso me hizo sentir
muchísima indignación e impotencia, analizar y reflexionar sobre las diferentes
aristas del caso, me llevó a recordar a las mujeres adolescentes y adultas
privadas de su libertad que he conocido a lo largo de mi trayectoria profesional,
recordé sus historias cargadas de violencia, de miedo y de injusticia, desde
aquella que con 14 años lesionó al hombre que la abusaba desde que tenía 10
años cuando fue vendida por su abuelo, hasta la adulta que se defendió del esposo
que durante 15 años la maltrató y abusó de sus hijos, todas y cada una de esas
historias culminaron con sentencias que las alejaron de oportunidades y de su
libertad, todas y cada una de ellas, intentando recuperar el tiempo perdido,
estudiando, aprendiendo oficios en sus “terapias ocupacionales” y usando una
vez más sus capacidades para ser resilientes y salir adelante en medio de un
sistema que las sigue violentando, que nos les brinda oportunidades eficaces
para su reinserción (sentencias proporcionales, oportunidades de trabajo
penitenciario remunerado, facilidades para ver a sus familias, etc.).
No se puede negar que Aileen fue responsable de quitarle la vida a siete personas, pero la conducta delictiva
nunca es tan simple, el análisis de los delitos debe implicar una visión
completa, que enliste y describa los factores involucrados, que sea rigurosa en
las relaciones causales y correlacionales, pues solamente de esa manera
podremos hablar de procesos justos. La “venganza” social, nunca será la guía
adecuada para impartir justicia, usar casos fuera de los estándares para “dar
el ejemplo”, no es la manera correcta de resarcir el daño hecho, pues el
fenómeno del delito es un todo, que implica realidades sociales, económicas e
incluso contextos políticos, las sociedades violentas perpetúan el “ojo por
ojo”, deberíamos preguntarnos como sociedad ¿Es ese el camino correcto para
prevención del delito?
Aileen es un ejemplo de cómo la
violencia patriarcal se encuentra en todos los sistemas e instituciones
sociales, sobre todo, en aquellos donde la mujer está en una situación de
vulnerabilidad, no es mi intención justificarla, pero sí, abrir la conversación
para describir y entender las situaciones que la llevaron a cometer los
homicidios por los que fue condenada, además, de analizar las circunstancias
que permitieron a los hombres en el poder, usarla como el “ejemplo perfecto de
lo que está mal en la sociedad” y que se dejaran de lado, todas las evidencias
de historia de vulneración que esta mujer vivió desde la infancia y de los
antecedentes de igual forma antisociales, de algunas de las víctimas.
Historias como las de Aileen,
ocurren en todo el mundo, sin que México sea la excepción, por lo que es imperativo
que la sociedad y los profesionales que estamos trabajando en el sistema de
justicia, nos cuestionemos constantemente si los casos que atendemos, en los
que una mujer está involucrada, son analizados con perspectiva de género y de cómo
el machismo interiorizado (que está presente en todas y todos) se manifiesta en
nuestros conductas y juicio, pues solamente el constante automonitoreo
permitirá que desempeñemos nuestras funciones de forma ética y en el respeto de
los Derechos Humanos de todas y todos los usuarios de nuestros servicios.
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